STC denunció ante Inspección de Trabajo una práctica ilegal
muy habitual en Atento: denegar las excedencias especiales, ofreciendo argumentos
contrarios a una sentencia del Tribunal Supremo del 2010, que confirma que el
criterio de denegación hace referencia al 3% la plantilla total, no al 3% del
servicio.
Es decir, es la plantilla, y no el servicio, el colectivo que ha de tomarse en cuenta para aplicar los mencionados porcentajes de personas en excedencia especial.
Pues bien, la inspectora nos dio la razón, amenazando a la
empresa con abrir expediente sancionador si se volvía a denegar una excedencia
por este motivo.
No deberían, pero os pedimos que si esto volviese a ocurrir,
nos lo comuniquéis, ya que no es la primera vez que Inspección le dice a Atento
que esta práctica es ilegal. Esperemos que sea la última.